La Federación Aragonesa de Pádel informa de que la Dirección General del Deporte de Aragón ha publicado en el BOA, a 3 de noviembre de 2015, las bases reguladoras para el proceso de presentación de solicitudes de calicicación de deportistas aragoneses de alto rendimiento 2016 en convocatoria ordinaria y extraordinaria:
"Se ha iniciado el proceso de presentación de solicitudes de calificación de deportistas aragoneses de alto rendimiento (DAAR) 2016, en convocatoria ordinaria (entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre 2015) y en convocatoria extraordinaria (calificaciones reguladas según artículo 7.2 del Decreto 396/2011, de 13 de diciembre): entre el 1 de mayo y el 15 de junio 2016). En el siguiente enlace Web está publicada la normativa vigente referente al deporte alto rendimiento aragonés y los anexos autorrellenables para proceder a la solicitud de la calificación:
http://deporte.aragon.es/es/deporte-en-aragon/deporte-de-alto-rendimiento/normativa/id/251
Indicarles que la norma que regulará esta calificación DAAR 2016 será la siguiente:
DECRETO 396/2011, de 13 de diciembre, del Gobierno de Aragón, sobre deporte aragonés de alto rendimiento, y la
ORDEN de 4 de febrero de 2013, del Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se aprueban los requisitos deportivos requeridos para la calificación de deportistas de alto rendimiento.
En este ultimo precepto normativo se establecen seis grupos de calificación: deportistas de pruebas olímpicas -1-, de pruebas no olímpicas -2-, de edades inferiores a la absoluta (en prueba olímpicas -3- y no olímpicas -4- y discapacitados (en categoría absoluta -5- o edades inferiores a la absoluta -6-), donde se establecen los criterios de calificación a través de unas tablas para una visión más rápida y sencilla.
Al objeto de facilitar la presentación de la documentación requerida por el deportista, se publican los anexos III y V, a cumplimentar por la federación. En el anexo III se han agrupado todas las certificaciones que se solicitan a estas entidades, como son la de resultados deportivos, licencia en vigor y no estar sancionado. En este certificado, considerado como documento publico, basta con incluir un resultado para conseguir la calificación, pero en caso de considerarlo oportuno se pueden indicar varios, y se crea un espacio al final al objeto de alegar resultados específicos por deportes recogidos en el anexo I, u otros que la federación considere precisos alegar.
El deportista debe adjuntar documento acreditativo de la fecha de nacimiento (D.N.I. en vigor o libro de familia) y cumplimentar el anexo II, IV y el VI (en el caso de solicitar la calificación en convocatoria extraordinaria según Articulo 7.2 Decreto 396/2011, de 13 de diciembre).
Toda esta documentación debe entregarla el deportista a la federación en la se haya inscrito/a, que cumplimenta un anexo III para cada deportista.
La entidad federativa remitirá toda la documentación a esta Dirección General se deberá dirigir a la DGD del Gobierno de Aragón y presentarse en el Registro General de la Diputación General de Aragón, o a través de los Servicios de Información y Documentación Administrativa, en las diferentes provincias. Podrán utilizarse igualmente los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de esta documentación se tramitara adjuntando el anexo V que recoge el listado de todos los deportistas que presenta la correspondiente federación.
En caso de duda o para obtener mayor información sobre este proceso de calificación, puede consultar el área de alto rendimiento de la web http://deporte.aragon.es/, ponerse en contacto con la Dirección General del Deporte a través del correo electrónico deportealtorendidmiento@aragon.es o por teléfono llamando al 976714926."
La FAP recomienda a todos sus deportistas de alto nivel que lean esta información detenidamente.
Federación Aragonesa de Pádel, 4 de noviembre de 2015.